Derecho Constitucional 1 - Parte 3

Índice

Tercer periodo

¿puede el estado tener DDFF?

¿Qué es el amparo?

¿Habeas corpus?

¿Proceso de inconstitucionalidad?

Procesos constitucionales

Procesos constitucionales:

  • Inconstitucionalidad de decretos, reglamentos.
  • Amparo
  • Exhibición del cuerpo


Recurso: se da a dentro del proceso

 

Apelación a un recurso de indemnización de daños y prejuicios

Aparte de ser procesos son GGFF habeas corpus, amparo, inconstitucionalidad de las leyes.

¿El estado tiene DD fundamentales?

Sí, no porque el estado no puede. Sin embargo hay personas que dicen que sí. Por Ej. la propiedad: DDFF. Es el solo tiene GGFF.

Todos en general y ninguno en particular.

Habeas corpus

Tutela el DDFF de libertad ambulatoria y la dignidad. (si esta conexa a la libertad ambulatoria). Se interponen hacia las cámaras de 2da instancia o la SCN ante la decisión de la SCN no se puede hacer nada. Cuando viola la libertad ambulatoria por alguna autoridad competente ilegalmente

RL: Art. 2 inc. 2, 174 inc. 1, 247 inc. 2.

Basta con el que se limite la libertad. Garantía especifica

Amparo

Tutela DDFF cualquiera excepto la libertad ambulatoria. Quien puede iniciar el habeas corpus (legitimación). Procesal activo: la frase bonita de quien lo ejercerá. Cualquier persona que no tiene ningún nexo en el asunto.

Tipos de habeas corpus

  1. Habeas corpus reparador: el normal. Lección clásica de habeas corpus
  2. Habeas corpus preventivo: prevenir lesión a producirse.

Prevenir de libertad arbitrariamente. Para prevenir que lo atrapen.

  1. Habeas corpus correctivo: tratos indebidos o traslados indebidos.
  2. Habeas corpus restringido: evitar perturbaciones a la libertad individual. Para que no anden vigilando

Mecanismo procesal es una protección tutelar a los DDFF. El amparo se interpone por la sentencia del debido proceso de la igualdad. Legitimación procesal solo puede ser planteada solo la persona agravada y su representante legal.

Legitimación procesal pasiva: a quien es dirigida, toda clase de acciones u omisiones de cualquier autoridad – solo contra autoridades.

Toda Latinoamérica acepta amparo para particulares.

Aquí no está permitido pero hay jurisprudencia a si procederán.}

Ley procedimientos constitucionales

Sentencia S25-2004: violación a optar a cargos públicos y la segunda jurídica. La AL violó la terma, y todos cumplieron los aspectos legales.

El proceso de inconstitucionalidad

El recurso se da dentro de un proceso.

Art. 174 y 183.

Se interpone hacia la SCN de la CSJ. Se ataca que una ley secundaria que contravenga los preceptos constitucionales. Se atacan leyes, decretos y reglamentos y las ordenanzas porque la sala lo puede todo La persona que pone la demanda es la legitimación activa. Se han dado cuando viole un DD constitucionalidad

Legitimación procesal pasiva: a los órganos estatales y autoridades emisoras de NJ.

Hay dos formas de terminar el proceso de inconstitucional.

Impetrar: iniciar: una demanda

Amparo 20-2012: amparo hacia un acto

Inconstitucionalidad contra una norma

Inconstitucionalidad por omisión

Art. 38 y 203. Si la AL no lo hace sería una inconstitucionalidad. La AL está encargada en crear el código trabajo. Normas programáticas, es cuando una norma exige que se desarrolle una ley secundaria

Es diferente algo que es ilegal y no constitucional. Hans Kelsen dice que los magistrados son legisladores negativos. El amparo solo afecta a las partes.

En las omisiones relativas el legislador al propulsar la norma para obedecer el mandato Cnal, favorece a ciertos grupos y olvida a otros o acuerda ventajas a unos que no son dispensados a otros.

Omisión relativa puede producirse cuando el legislador al nombrar una materia no respeta DD adquiridos o no respeta el principio de igual ante la ley.

Constituciones

Ha habido 13 constituciones (Algunos dicen que 14).

  • 9°CN ® 1939
    • Hubo reformas ® 1944
  • 10°CN ® 1945

Constitución de Bayona 1812 y 1813.

Mecanismo de consulta popular

  • Referéndum
  • Plebiscito
  • Cabildo abierto
  • Voto

Cabildo abierto

Cabildo: cuerpo de eclesiásticos capitulares de una iglesia / ayuntamiento.

Cada alcaldía tiene municipios, cada comunidad, caserío escogen a un representante luego la alcaldía llama a los representantes y hacen una toma de decisiones en grupo.

El voto

El voto es un DD y un deber.

¿Se puede multar al que no vota?

Si se puede sancionar, tiene la facultad y el estado debe poner los medios necesarios para que estas personas lo cumplan.

262 municipios

Referéndum

Se caracteriza, se hace una pregunta cerrada a la población. Ej. ¿Está a favor del aborto? ¿Sí o no?

Las personas no van a votar por lo que sea lo mejor para la población, sino por la convicción propia (ámbito de la educación integral). Son graves económicamente y las personas no están con conocimiento de política, economía, etc. Y sus decisiones pueden estar influenciadas. Una verdadera herramienta para garantizar la representatividad democrática.

Las personas de antológicamente no están preparadas para el referéndum:

  • Obligatorio
  • Consultivo

La primera posición es una posición de antológica

Plebiscito

El art. 89 y las cláusulas pétreas hay confusión y en caso de conflicto hay que modificar la que no es clausula pétrea. Conferenciados: como la UE. Si se puede crear una integración CA: se puede propiciar sin dañar las cláusulas pétreas.

Hay un sueño integracionista de ser republica centroamericana.