Derecho Ambiental - Parte 3
Índice
- Disposiciones constitucionales cómo está la Cn. en relación a los recursos naturales.
- ¿Qué es la Constitución?.
- Disposiciones de la Cn que se refieren al medio ambiente y los recursos naturales.
- Artículo 60 Cn.
- Artículo 69 Cn.
- Artículo 101 Cn.
- Artículo 113 Cn.
- Artículo 117 Cn.
- Principios generales del Derecho Ambiental
- Primer principio: principio de cooperación.
- ¿Como se explica la preocupación por resolver el problema ambiental que son comunes a todos los seres que viven en el planeta?.
- Segundo principio: principio de prevención.
- Principio precautorio.
- Principio de quien contamina paga.
- Principio de igualdad.
- Principio de igualdad está el principio de la dignidad e libertad, y seguridad jurídica.
- Principio de Sostenibilidad.
- Principio de accionabilidad y legitimación procesal
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 5.
- Art. 7 y 8.
- Art. 11.
- Art. 16 y 18.
- Art. 19.
- Art. 20.
- Art. 22.
- Art. 23 evaluación del estudio.
- Art. 24.
- Art. 50.
- Art. 51.
- Relleno sanitario manual
- Artículo 38.
- Ley de Medio Ambiente.
- Art. 96.
- Art. 102-B..
- Teoría de la responsabilidad.
- Art. 104 LM...
- Instrumentos jurídicos.
- Reglamento Especial de Normas Técnicas de Calidad Ambiental
- Reglamento Especial en Materia de Sustancias, Residuos y Desechos Peligroso.
- Reglamento Especial sobre el Manejo Integral de los. Desechos Sólidos y sus Anexos.
- Ley del Medio Ambiente.
- Convenio de Paris.
- Convenio Regional para Manejo y Conservación de Ecosistemas Naturales Forestales y el Desarrollo de Plantaciones Forestales.
- Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre
- Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo.
- Convenio de Basilea es un Acuerdo Multilateral sobre Medio Ambiente.
- Convenio de Viena.
- Tratado de la República de El Salvador, Guatemala y Honduras para le Ejecución del Plan Trifinio
Tercer periodo
El Derecho Ambiental es transfronterizo.
Disposiciones constitucionales cómo está la Cn. en relación a los recursos naturales
¿Qué es la Constitución?
La Cn. Se debe de ver como el conjunto de normas fundamentales de la organización de la Sociedad. En ese sentido se constituye en la ley magna de la nación. Establece de forma. General pero también particular para cada uno de sus miembros que compone la sociedad, de los ciudadanos, el conjunto de sus derechos, deberes y obligaciones. Es bien amplio. Debe entenderse, como diría los gringos, cuando se independizaron de los. intereses, Cn, viene a ser como la partida de nacimiento del Estado. Eso es prácticamente una regla general. Sin embargo, a inicios de la creación del Estado de Israel, lo primero que se dieron fue las ey de agua. Es la que se ocupa de todos los aspectos de todas de la. Vida de la sociedad pero. Que necesita de leyes especiales, es decir, leyes secundarias que desarrollen sus preceptos. En ese sentido la Cn viene a constituirse como un mandato para legislar. Con se vuelve ordenadora de sus preceptos no puede abarcar todo lo necesario y por eso es que se necesita las leyes secundarias, como la ley de medio ambiente, ley de ordenamiento, ley forestal, etc. Es así porque la Cn a final de cuentas, o en realidad, es norma fundamental pero además fundamentada, de todos l ordenamiento jurídico. Obviamente es una norma jurídica como todas que cualitativamente diferente a todas las demás, porque incorpora, el sistema de valores que constituye los valores de convivencia social y política. En se orden de ideas, nuestra constitución, de 1983. Está Cn está estructurada sobre la base de 5 principios fundamentales:
- En primer lugar: el principio de dignidad de la persona humana: respeto que debe de tener el plan de vid amaño. Se refleja en el artículo 101 Inc.; 37 Inc. 2.
- En segundo lugar: El valor justicia: la observancia de sus mandamientos que son tres:
- El ser humano viva honestamente.
- No hacerle daño a nadie.
- Respetar el derecho de cada uno de los demás Benito Juárez: el respeto al derecho ajeno hace La Paz. El otro valor fundamental es el valor libertad. A partir de tres dimensiones
- En tercer lugar: El valor
- Garantizando la autonomía moral.
- Garantizando la libertad como protectora o promocional.
- Libertad para intervenir en los criterios de conformación política. Política en todos los sentidos.
- En cuarto lugar: La igualdad. El principio de igualdad es tratar igual a lo igual y desigual a lo desigual. Existen tres facetas:
- Generalización no privilegios.
- Igualdad como valor. Vinculada al principio de seguridad jurídica.
- Como derecho subjetivo que puede ser vinculado ante la administración y otras. No me pueden tratar a mi de formas diferentes si tengo las mismas condiciones que otro.
- En quinto lugar: La Seguridad Jurídica: es la certeza en el imperio de la ley. Es decir o en el sentido de que el Estado debe proteger los derechos de las personas tal y como la ley los ha declarado.
Disposiciones de la Cn que se refieren al medio ambiente y los recursos naturales
El catedrático personalmente opina que la Cn debería de tener más disposiciones que se refieran a disposiciones del medio ambiente.
Artículo 60 Cn.
En la parte final dice la conservación de los RN.
Artículo 69 Cn.
La ley establece que tiene que ver con la salud. En todos los aspectos. Ya se humana o animal.
Artículo 101 Cn.
Intoxicaciones colectivas por falta de control.
La Cn no le dicen cuáles son los recursos, entonces se tienen que entender que son todos los recursos. Hay que analizarlo en el abanico de todas las acepciones del término recurso.
Artículo 113 Cn.
Aquí menciona las dos acepciones de los Recursos. Recursos naturales y humanos. Habla de Recursos humanos.
Artículo 117 Cn.
Es la regla de oro. Este artículo es el artículo más profundo que tiene la Cn en relación al medio ambiente. Hay una cosa que se tiene que decir. Cuando existía el ministerio de justicia tenía condiciones de familia, todavía no había entrado de lleno, derecho civil, procedimientos mercantiles, laborales, y había una comisión que se llamaba. Agraria y de medio ambiente. La comisión se pronunciaba sobre este articulo y una de las cosas. Que se habló, que eran 5, era que en el segundo inciso se declara de interés social el aprovechamiento racional de restauración o sustitución de los recursos naturales. Con el tiempo se demostró que nos equivocamos, porque nosotros nos opusimos, la sustitución de los recursos naturales. Poníamos como ejemplo un constructor que compra una propiedad, lo primero que hace es terraziar.
El punto de partida del derecho humano al medio ambiente es establecer en definitiva o cambiar el enfoque que debe dársele al derecho internacional. En el sentido que:
- El derecho ambiental es producto de los actuarios internacionales. No de acuerdos internos de los países. En ese sentido el enfoque qué hay quedarle al derecho internacional tiene que cambiarse porque siempre fue un derecho que estudiaba o que atribuye los DD y OO de los países de los estados y de algunas instituciones internacionales importantes. Lo reconoce porque si bien es cierto que los tratados internacionales buscaban, en términos generales, lograr la protección de los derechos de los ciudadanos de los distintos países o individuos de los distintos países o del. Pueblo en general. El fin último era hacer realidad el bienestar de tanto de las presentes como de las futuras generaciones en general. Por eso se decía que el DAM o el derecho humano al ambiente rompe esa visión e introduce en el marco internacionales esa triple conspiración es que le hemos llamado la trilogía de los derechos. Esa trilogía es: los derechos humanos, el derecho humano al medio ambiente y el derecho al medio ambiente. Decíamos que estos tres derechos, se entrelazan entre sí. Especialmente por factores de pobreza, hay que entenderlo en el sentido interno de cada país. Porque es indudable que a nivel mundial, en los países en vías de desarrollo es donde existen el mayor o el inadecuado uso de los RN. Eso trae como consecuencia el deterioro obligado del medio ambiente. Ahí si es a nivel mundial, que en definitiva pone en grave peligro la salud y finalmente la lívida de los seres que moran o en el planeta. Eso no quiere decir que debe desatenderse so pretexto de proteger los recursos naturales para no provocar un deterioro del MA em general, se provoque ya sea intencionalmente o no, el desarrollo de los pueblos obligadamente tiene que tener. Los procesos de desarrollo de los países son inevitables. Ese ahí el problema de establecer las prioridades.
Se considera que los tres derechos son derechos humanos en. Así fue considerado en la resolución 41-128 de la AG/ONU, el 04/12/1986. De igual manera en 1983, la misma AG de la ONU dio informes que hacen hincapié en la relacionó, que existe entre la economía, el comercio y el ambiente. En ese sentido también se ha. Dicho, que la deuda que Económica de América Latina, es un mecanismo mediante el cual los RN de todo el continente no se utilizan para el desarrollo de le región, sino, para poder sufragar las obligaciones financieras contraídas con actores foráneos, o extranjeros de la región.
Decreto ejecutivo primera zona de suelo protegía los suelos en El Salvador.
Principios generales del Derecho Ambiental
Se aglutina entorno al principio del Derecho Ambiental, principios quedó individualizan y lo diferencian de otras normativas. Son principios especiales de un derecho nuevo.
Primer principio: principio de cooperación
Este principio se explica sobre la base que se conoce como el principio de soberanía en el sentido que el principio básico sobre el cual se gobierna en derecho ambiental, especialmente el internacional, es la soberanía plena del Estado sobre su territorio.
¿Como se explica la preocupación por resolver el problema ambiental que son comunes a todos los seres que viven en el planeta?
La respuesta es en el sentido que todos lo países grandes, medianos, pequeños, deben de cooperar para encontrar ese objetivo. En algunas ocasione. Apareció este principio en la Reunión de Estocolmo en 1972. Ahí adoptaron un principio, dicen que existe una necesidad de cooperación de todos los Estados para desarrollar el DAM. Dice: de la siguiente manera, todos los países grandes o pequeños, deben de ocuparse con sentido de cooperación y en pie de igualdad, de las cuestiones internacionales, relativas a la protección del medio ambiente. Es indispensable, cooperar, mediante acuerdos multilaterales o bilaterales o por otros medios apropiados para controlar, evitar, y eliminar eficazmente los efectos perjudiciales que las actividades que se realicen en cualquier esfera puedan tener para el medio ambiente teniendo en cuenta debidamente la soberanía y los intereses de todos los Estados. La declaración de ríos de. Janeiro que responde a este principio, y dice que esa declaración de Río se hizo como una preparatoria para la convención mundial del agua que se hizo en argentina, en mar de plata, se recogió el principio para llevarlo allá y adoptar una posición mundial sobre la posición del agua. Los Estados y las personas deberán cooperar d buena fe. Y con espíritu o de su solidaridad, en relación a los principios consagrados en esa declaración de rio y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible.
Ese principio de cooperación lo recoge el capítulo 17 del tratado de libre comercio entre CA y RD. CAFTA-RD.
Segundo principio: principio de prevención
Es un principio clásico del DAM y que se fundamenta en un dicho común y corriente: Más vale prevenir que curar. A través de limitar, y controlar acciones o actividades que puedan causar esos daños. Eso obliga a que el Estado intervenga, antes que el daño se produzca. Algunos dicen que es una novedad del derecho. La ley de medio ambiente tiene un mecanismo de control de la actividad de las personas en el territorio, prácticamente de todas las cavidades para evitará daño futuro, a través del mecanismo de lograr un permiso ambiental para poder hacer una actividad obra o acción. De igual manera este principio se encuentra apoyado en diferentes. Convenios internacionales tales como la misma declaración de Estocolmo de 1972, la carta mundial de la naturaleza de 1982, y la declaración de rio que es de 1992. Ese principio es importantísimo a nivel internacional como el tratado constitutivo de la comunidad europea. Tratado por medio del cual se establece la de la comunidad de las Estados de África del Este de 2001. Se adopta en la ley salvadoreña, en el artículo 2 que trata sobre los principios de la política nacional del medio ambiente. Específicamente, en la letra F, la política nacional de medio ambiente se fundamentará en los siguientes principios, gestión de protección del medio ambiente prevalece el principio de prevención y precaución. Este principio no es nuevo. 1969 ley de Estados Unidos, este principio es recogido de la ley del medio ambiente nuestra a partir del artículo 16 y siguientes que prevé lo que se menciona que previo a hacer una obra, acción o actividad, hay que obtener previamente, el otorgamiento de un permiso ambiental de parte del ministerio del medio ambiente y RN porque hay una confusión. El permiso ambiental única lo da de acuerdo a la legislación siempre el ministerio de medio ambiente, algunos al sale diciendo, el permiso ambiental es específicamente que el DAM le corresponde como atribución al ministerio de medio ambiente para que se lo den le tienen que hacer un estudio. Es un control que obviamente el Estado tiene. Con base al Art. 117 de la Cn que es el articulo más importante que tiene la Cn.
ALIDES define Desarrollo sostenible como proceso de cambio sostenible de la calidad de vida del ser humano, que coloca como centro y sujeto primordial del desarrollo por medio del crecimiento económico, con equidad social y la transformación de los medios de producción y de los patronos de consumo que sustentan el equilibrio el Ecológico.
Hay que tomar en cuenta el artículo 5 de la ley de medio ambiente. Esta es la que hay que tomar en cuenta para efectos de la clase.
Este concepto de principio de desarrollo sostenible hace una combinación de diversos elementos o principios.
Primer lugar: la integración de la protección ambiental y el desarrollo económico.
Segundo lugar: la necesidad de preservar ar los recursos naturales, para el beneficio de las futuros generaciones.
Tercer lugar: el objetivo de explotar los RN de forma sostenible.
Cuarto lugar: el uso equitativo de los RN.
Principio precautorio
Es un principio fundamental del DAM y tiene su origen en la normativa de la República Federal Alemana de los años 1970. Es hasta en la declaración de Río que se hace una definición, y no es tan larga, es bien interesante porque tiene elementos que llaman a la reflexión, especialmente para los países pobres.
Con el fin de proteger al medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución. Conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de un daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.
Ley de medio ambiente toma este principio en el artículo 2. El artículo 2 establece los principios de la política nacional de medio ambiente, el concepto de política del medio ambiente.
La definición de política nacional de medí ambiente está en el artículo 3. Conjunto de principios estrategias y acciones emitidas por el Consejo de ministros de medio ambiente, y por el sistema nacional de gestión del medio ambiente.
En la gestión de prevención del medio ambiente prevalecerá este principio, son los dos grandes principios que fundamentan el DAM.
Es una respuesta que el DAM da a los acontecimientos porque son cuestiones incertidumbres, especialmente científicas. Tenemos que pensar en quien los garantiza, y sabemos qué hay un gaño a la capa de ozono, y está provocando los cambios climáticos, pero no sabemos si ese daño está cada día, o esa dimensión, en base a la dimensión.
Al igual que en el anterior caso qué hay cuatro casos presupuestos, en este hay dos:
- Se debe dar en una situación de incertidumbre.
- Debe de advertirse que esa situación, hay un riesgo grave para el medio ambiente.
El Estado somos muchas instituciones, tenemos un MARN tiene que verla por el Art. 117 de la Cn.
Principio de quien contamina paga
Es uno de los principios más difíciles. De acuerdo a este principio, los costos de la contaminación, debe de imputarse a quien causo la misma. Quien es el que debe sufragar las medidas de prevención, contra la contaminación sin recibir en principio, ningún tipo de ayuda financiera compensatoria. Es decir, yo contamine, yo cause el daño, yo tengo que responder.
Es un principio establecido para la responsabilidad civil extracontractual, sin que haya sido necesaria la culpa o negligencia del causante del daño. La gravedad, de los efectos de una acción, que produzca contaminación han obligado a corregir hasta cierto punto, el aforismo, el que contamina paga. Esto tiene que ver con los niveles de contaminación, que son remitidos por las leyes de los diferentes países, hay niveles de contaminación permitidos en el sentido que no es posible, que una sociedad, en un país, esté exento absolutamente de contaminación.
Es difícil probar la autoría de quien realizo la contaminación, y por eso es que se aplica en pocos casos. La deforestación de un país.
Es más fácil aplicar una sanción penal que una administrativa.
Principio de igualdad
Es un principio del Derecho Ambiental también, porque el derecho a la vida, que es lo que se trata de proteger, ya y a la igualdad de los derechos humanos, son en realidad, son los pilares en donde sobre los que descansa el derecho en general. Se afirmó, en términos concretos, que todos los hombres, nacen libres, e iguales en derecho. La Cn nuestra consagra este principio de igualdad y el de no discriminación, en el artículo 3 de la Cn. Que dice todas las personas son iguales ante la ley.
El principio de igualdad se reduce a tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales. Ahí se analizaba tres facetas:
Que decían como generalización, los privilegios. Sean segundo lugar igualdad como valor, vinculada a la seguridad jurídica, y tres como derecho subjetivo que puede ser invocado ante la administración.
Principio de igualdad está el principio de la dignidad e libertad, y seguridad jurídica
Principio de Sostenibilidad
Esta consagrado en el Artículo 117 de la Cn. Trata de decir que la sostenibilidad de los RN es un deber del Estado. Declara de interés social, la protección, conservación, aprovechamiento racional y restauración y sustitución d ellos RN.
Principio de accionabilidad y legitimación procesal
Se sustenta en la tesis que se está defendiendo un derecho sustantivo al medio ambiente, y a su protección. Razón por la cual todos los seres humanos, son titulares de ese derecho. O de esos derechos. Es algo como decir, que en la medida en que se actúa en contra del medio ambiente, s está agrediendo con complicaciones generales a la sociedad entera. Aunque no haya habido afectación inmediata a la salud y la vida de las personas, por esa razón, al principio cuando se dio hablaba de que podía demandar consoló sisean 5 personas, podían demandar, y reclamar indemnización.
Desarrollo del. Derecho Ambiental
Este desarrollo nace en el ámbito del derecho internacional.
Se divide en 5 fases.
- Fase 1: Es el arranque del Derecho Internacional, se da a principios del siglo 20 hasta 1945, es decir, a finales de la Segunda Guerra Mundial. Por eso le llaman la prehistoria del derecho internacional del medio ambiente. Y como tal, esta fase se caracteriza porque viene de aparición de tratados internacionales, múltiples a propósitos del problema ambiental, se puede mencionar, el Convenio de Paris, de 1902, convenio de Washington de, y el convenio celebrado sobre la protección de focas para peletería, de 1911. Convenio sobre la Protección Contra la Contaminación de los Ríos Fronterizos, fue suscrito entre Canadá y los EE. UU. Esto tiene que ver mucho con la contaminación del derecho ambiental, lo que se dice el mar ediberun, la libertad d ellos mares, el principio de la libertad.
- Fase 2: arranca con la creación, de la ONU, que se da en 1945 y llega hasta la conferencia de Estocolmo en junio de 1972. Se da un cambio que no fue espontáneo, en comparación con la primera fase, es porque surge una especie de preocupación, por la devastación ambiental, que se daba en el periodo. Era la preocupación por salvaguardar el planeta, sino para preservar los espacios nacionales de las perjudiciales consecuencias de los efectos de la bomba. De Nagasaki y Hiroshima.
- Fase 3: se inicia con la conferencia de Estocolmo, abarca hasta la conferencia de Estocolmo de 1972 de reino Janeiro de 1992. Esa fase se le conoce como el origen del DAM, es el punto de partida del DAM moderno. En todo eso, serias dificultades que el país se pusieran de acuerdo se oponían los países industrializados. Porque estos principios no van en contra, pero regulan la actividad industrial. Ahí hay un principio que es reconozco por loa pises que estaban de acuerdo, y que dice que el hombre tiene derecho fundamental a la libertad, a la. Igualdad y a l disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que permite llevar tal y permita llevar una vida digna, y gozar de bienestar, y que por esa razón tiene la obligación y se habla de las personas, la obligación de proteger y mejorar el medio ambiente, para las generaciones presentes y futuras.
El hombre tiene un derecho fundamental a la libertad, a la igualdad, y obviamente al goce de condiciones de vida adecuada. Para eso, obviamente se requería un medio de calidad que permitiera llevar esa misión que se volviera una realidad de que las personas tuvieran una vida digna y gozar de bienestar. Para loco al había que proporcionar un ambiente sano en consecuencia había que protegerlos y mejorarlos para tanto para las generaciones presentes como las futuras. La conferencia de Estocolmo da la base para que ONU, creara un programa conocido como “PNUMA: Programa de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente”.
INICIA CON LA Conferencia de Rio de 1992, y la AG de la ONU convoco a una segunda cumbre sobre la tierra que se realizó en Rio de Janeiro. El 13, 14, de julio de 1992. Considerada como una de las más grandes, comparecieron 106 Estados y más sede 150 organizaciones internacionales. Fue una de la más exitosas. Pero también, llegaron muchas no participaciones no gubernamentales.
Dentro de la Declaración de Rio, las consecuencias más importantes se encuentran, se encuentra la apertura del Convenio Marco sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre Biodiversidad. Para llegar a ese acuerdo, especialmente el acuerdo del cambio climático, se dieron arduas discusiones para poder adoptar un compromiso de los Estados, de lograr la estabilización de las concentraciones de los gases de efecto invernadero.
La última fase, que arranca prácticamente de la conferencia celebrada en Kioto, Japón, y se adoptó el instrumento conocido como el Protocolo de Kioto, en junio de 2004. El máximo propósito de este protocolo fue reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero de los. Países altamente industrializados, y así obviamente disminuir el efecto invernadero que amenazaba la calidad de vida del planeta.
El inicio del desarrollo fue a partir de 1841, y ahí nace las importancias de las facultades de los municipios, porque se establecía que la Cn decía que era la competencia de las municipalidades, la conservación, El Progreso, la salubridad y ornato de los vecindarios. Protegía el medio ambiente.
Un acuerdo gubernamental que serio en 1855 para proteger, se estima que es el primer esfuerzo para proteger los recursos hídricos. Luego, viene el Código Civil, conocido como el Código Civil de 1860, este abarcaba casi todo, ahí se incorporó todo lo que el país necesitaba para poder gobernarse. Se dieron normas sobre como adquirir el dominio, las especies animales, los frutos naturales, la clasificación de los bienes.
En SS se dio una ordenanza municipal, que fue a raíz del terremoto de 1917, sobre el aseo, calles públicas, y sobre construcción de edificios, y se da porque la ciudad de SS estaba creciendo, y había que ordenar un poco la cosa. La Cn más exitosa en muchas cosas se dice que es la de 1950, que incluso, derogo disposiciones del CCV, ley del avenamiento 1970, que para algunos fue. Y es importante que es citada por la legislación Argentina. Tiene como antecedentes algunas cosas que se tomar no como ejemplos del articulado o normativa de la ley de El Salvador. Y tiene una disposición importante, el Artículo 3, en la que para algunos, se estableció que todos los Recursos hídricos de El Salvador, son bienes nacionales.
También viene el Código penal, donde ya se restablecen, del 1978, la ley básica de la reforma agraria, que es la que reconoce y garantiza la propiedad privada en función social. Establecía, que había que manejar y conservar y proteger el suelo, el agua, y los demás RN. Ley pesquera, el Código Municipal, la creación de ciertas instituciones legislativas, y la adopción de acuerdos centroamericanos, como la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, como una obligación, que los paséis de CA deben de tener organismos responsables de la protección, y el mantenimiento del medio ambiente. Después se crea en el país e, consejo nacional del medio ambiente en 1990, y ya en 1997se sustituye el consejo por el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Se puede mencionar el reglamento general de la ley de medio ambiente, y se quería garantizar la aplicación y ejecución de la ley del medio ambiente. Además, se han dado otros reglamentos importantes, como por ejemplo, el reglamento especial sobre el control de las instancias agotadoras de la capa de ozono. Luego, el reglamento especial de aguas residuales, el reglamento especial en materia de sustancias, residuos, y desechos peligrosos, y por último podemos mencionar el reglamento especial sobre el manejo integral d ellos desechos sólidos.
Hay otros reglamentos, hay otro reglamento especial sobre la compensación ambiental, y como dato importante vamos a mencionar, que la ley ambiental, a tenido reformas sustanciales, no han sido reformas de forma, sino de fondo. Una de lela es el cambio que se le dio a los tribunales, cuando la ley se aprueba, cuando la ley se. aprueba los tribunales tenían la ley de tribunales agroambientales, y ahora se llaman tribunales ambientales, con la finalidad de hacer efectiva la aplicación de los dos principios más importantes del DAM: que están incorporados en la ley nuestra: el principio de precaución, y el principio de prevención. Se aprovechó para hacer una pequeña adecuación, no completa por cierto, a ley ambiental al CPCM. Finalmente, las dos reformas de fondo que se refieren, al esfuerzo que el país tiene que hacer, para adoptar, todas las medidas necesarias para combatir y prevenir los efectos del cambio climático, a través de la adopción adecuada de una política nacional del cambio climático, que le corresponde impulsar al ministerio de medio ambiente y recursos naturales.
Decreto 233 del 02/03/1998, tiene dos reformas una del 12/04/2012 y la otra del 11/10/2012. Hay interpretaciones auténticas, también.
Cuatro objetivos determinados en el artículo 1:
- En primer lugar desarrollar las disposiciones de la Cn que se refieran a la protección, conservación, y recuperación del medio ambiente. Ahí estamos hablando de que, básicamente, la ley de medio ambiente desarrolla, lo que el artículo 117 de la CN dice.
- En segundo lugar, tiene como objetivo lograr, un uso sostenible de los RN. Que permitan, mejorar la calidad de vida, de las presentes y futuras generaciones. Como es posible lograr un uso adecuado, sostenible, de los RN.
- En tercer lugar, normar la gestión del medio ambiente tanto pública como privada, instituyendo como obligación, primordial del Estado, obligación básica del Estado, de los municipios, y de los habitantes en general del país. El cumplimiento de las normas de gestión ambiental. Todos tenemos obligaciones entonces de contribuir a la buena gestión del medio ambiente. Por último, la ley establece la obligación de asegurar, la aplicación de todos los tratados y convenios internacionales, que El Salvador haya celebrado en materia de derecho ambiental. Y que hayan sido ratificados por la AL.
Una de las reformas más importantes la experimentó el artículo 2 que trata sobre los principios generales, de la política nacional del medio ambiente del país. Ese artículo establece ese principio fundamental que se buscaba a nivel mundial, con las reuniones que había propiciado las ONU, en la letra a del artículo 2, que todos los habitantes tenemos derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y agrega que es obligación del Estado tutelar, promover, y defender este derecho de forma activa y. Sistemática como requisito para asegurar la armonía entre los seres humanos y la naturaleza. Aquí hay que pensar sobre lo que vimos del problema del choque.
Se debe de hacer una armonía entre lo que son los seres humanos, la naturaleza y el desarrollo, y se debe de lograr esa armonía. Por eso se llama la trilogía de los derechos, derechos que aparentemente siempre están en choque. Eso no significa qué hay que darle una prioridad absoluta a uno, no ponernos en preferencia de uno.
Letra B)
De ese artículo, está el principio de responsabilidad, y el llamado a que debe de adaptarse al cambio climático, para lo cual debe de planificarse bajo el principio de responsabilidades comunes, pero diferenciadas y de aprovechamiento.
Esto que está en el artículo 2 es todo lo que tiene contener la política nacional de medio ambiente.
Letra C)
Artículo 2. La armonía que debe de haber entre el desarrollo y el medio ambiente.
Letra D)
dice que deberá como base de un desarrollo sustentable y, aparecen los tres derechos de nuevo.
Letra E)
Esta con mejor cuerpo el principio de responsabilidad. Es responsabilidad que la sociedad general del Estado. Y de toda persona jurídica reponer o compensar, los recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia y satisfacer sus necesidades básicas, así como marcar sus acciones, por consiguiente, se retirara la eliminación de patrones de producción, y consumo.
Letras F)
Es donde están los dos principios más importantes del derecho ambiental, prevención y precaución, en la gestión de protección del medio ambiente prevendrán los dos principios.
Letra G)
Establece una obligación que es lo que ocurre cuando uno daña o causa un daño en términos generales. La ley lo recoge. Principio de quien contamina paga: se tiene que ver en dos dimensiones_ dimensión de país y dimensión internacional. Dentro del país hay que verlo como local de los municipios.
letra H)
Es ver qué capacidad económica tenemos para poder hacer lo que estamos diciendo. Que capacidad tiene el Estado, euro que capacidad tiene la municipalidad para poder hacer lo que necesitamos, hay que reconocer que lograr un medio ambiente absolutamente sano, puro, es practicante imposible, la contaminación, siempre existen. La contaminación, no es un término muy fácil, es un término amplio, es una. Contaminación del aire. La contaminación es b
En amplio. Pretender deber 0 contaminación es utopía. No se puede lograr, Debe de tomarse en cuenta las capacidades institucionales.
Letra I)
Aquí está el principio de cooperación. Lo más contundente es lo que ocurre con el trío fino donde convergen el interés de los tres países, porque la zona es ecológicamente unitaria. Obviamente para que se maneje bien, tiene que converger la voluntad de los tres países.
Letra J)
haba de los incite Ivón.
Letra K)
El criterio de la efectividad. otra vez la pugna entre el medio ambiente y el desarrollo.
Letra l)
Hay que cambiar de conducta, y no castigar. Es un principio bastante utópico en nuestro medio. Tenemos que cambiar de actitud en los recursos naturales y el medio ambiente.
Letra N)
Principio económico.
Letra M)
Darle cumplimiento a lo que dice el artículo 117 de la Cn. Debe de incorporarse así como dice en la política nacional del medio ambiente.
Conjunto de principios emitida por el consejo de ministros y realizada por el ministerio de medio ambiente y recursos naturales, y pro el sistema nacional de medio ambiente. Esta creado en el artículo 6 y siguientes de la ley. Quien la emite, el coseno de ministros, y quien la realiza, el MARN y también el sistema nacional del medio ambiente. La hace la política el consejo de ministros, observando los artículos 2, y el MARN lo debe de presente al consejo de ministros para su aprobación. Quien la debe de hacer es el MARN. Una vez aprobada le corresponde al MARN, llevarla a cabo con auxilio o en colaboración, al sistema nacional de gestión del medio ambiente, así porque este sistema que se crea enlace ley esta diseminado en todo el territorio nacional, ahí están incorporados los 222, municipios del país, y todas las instituciones gubernamentales, ya sea ministerios, instituciones autónomas, y otro tipo de instituciones, todas a través de una oficina ambiental que están obligados a tener en sus respectivas instituciones.
El ministerio puede pedir información para confesional la política nacional de Medio Ambiente. Si eso funcionara, el rol del medio ambiente en El Salvador estaría garantizado. La información que se le provee al medio ambiente podría ser no la correcta.
El artículo 3 en el inciso segundo, se le pasa al consejo de ministros para su aprobación. Esta Política se actualizará cada 5 años. El prescindente de la República debe informar al Estado cada 2 años, el Estado del Medio Ambiente (Artículo 31 Ley de Medio Ambiente).
Artículo 4
Es importante por la declaratoria de interés social que hace dos aspectos:
- La protección y mejoramiento del medio ambiente. En el 2012 se le incorpora “así como la adaptación y reducción de vulnerabilidad del cambio climático”, esta parte es nueva.
Artículo 5
Es reformado y se le incorpora el concepto de cambio climático. Es cambio de clima atribuido indirecta o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmosfera mundial y se suma a la variabilidad natural del clima observado en tiempos comparados.
Las nubes son cuerpos de agua suspendidos en la atmósfera, con los elementos de temperatura, presión y humedad.
La ley busco esas tres palabras, para prever cualquier cosa que pueda ocurrir: acciones, planes y programas. Se encuentran en la ley. De esas tres palabras no puede haber una cosa que quede fuera.
Valoración adecuada al medio ambiente, acorde con el valor real de los RN, la ley obliga a que a los RN, se les dé un valor económico, y que ese valor económico se incorpore en la hacienda pública.
RL: Art. 61 LM. Darle un valor económico e incorporarlo en la hacienda pública. Lo mismo hace el artículo 4, con el medio ambiente. Porque establece que el responsable es el Gobierno, no dice el Estado de introducir medidas que den una valoración económica al medio ambiente, acorde con el valor real de los RN. Asignado los derechos de explotación de los mismos que los uses conforme al principio de prevención y precaución.
Artículo 5
La ley, en el pasado, no daba conceptos.
Aquí están por orden alfabético.
La primera definición que da es adaptación al cambio climático. Quiere decir que las acciones, obras o proyectos del gobierno, tienen que ver que todo lo que haga tienen que ir encaminado a ajustarse al cambio climático. Adaptarse al cambio climático. El componente medio ambiental tiene que estar ahí.
Aria frágil es otra definición que está en la ley. Áreas frágiles son las que han tenido. Problemas los embates de la naturaleza. Se les cataloga como, áreas frágiles.
Área natural protegida: existe una ley que se llama Ley de Áreas Naturales Protegidas, sobre este tema hay una ley, ley de la república de hace 5 o 6 años. Cuando esta ley se emite, ya había zonas protegidas. Por su riqueza natural, por su riqueza cultura, por su riqueza morfológica, o topográfica, o recursos escénicos, valores históricos, recreativos, es necesario que se protejan a través de una ley. Con la finalidad de idea de en el sentido de que son zonas que no se pueden tocar por ley, salvo que haya un permiso de parte de la autoridad competente, el MARN, para mejorarla, después de un estudio que se. tiene que realizar, que ese proyecto que se tiene será de mejoramiento del área natural protegida.
Las compensaciones pueden ser efectuadas de forma directa, puede echar mano de mecanismo para reponer o compensar los impactos inevitables que voy a realizar en el medio ambiente, y que sean inevitables. No me obliga que lo haga yo como causante directo, sino que puede contratar.
Le empieza a enumerar todo lo que tenga contaminación. Toda materia compuesta, sustancia, derivados, químicos, energía, radiación, ruido, todo.
Desarrollo sostenible: Es el mejoramiento de la validad de vida de las presentes generaciones con desarrollo económico, democracia política equidad y equilibro sin menoscabo de la calidad de vida de las generaciones venideras.
Educación Ambiental: este tipo de utopías, proceso de formación ambiental ciudadana formal e informal para la toma de conciencia y desarrollo de valores y actitud del uso sostenible de los RN.
Cualquier actividad, obra o proyecto que alguien quiera hacer en este país, tiene que justificarla obra, proyecto o acción, de un estudio previo de impacto ambiental. Permiso ambiental, documento que le da la autorización.
Después de hacer una serie de acciones previas, de todo lo que dice la ley qué hay que hacer, para que le den el permiso ambiental.
Acto administrativo por medio del cual el MARN de acuerdo a esta ley. Su reglamento a solicitud del titular autoriza a que estas se realicen sujetas al cumplimiento de las condiciones que este acto establezca.
No define si es concesión o permiso, porque alguien que pida permiso al MARN, y en la obra, acción o proyecto utilizar RN lo primero que le tiene que demostrar es que tiene una concesión para utilizarlos RN. No es como algo que deja por fuera, es nada más el estudio del impacto que posiblemente tendrá el ambiente con eso que se hará. Permiso ambiental es de exclusiva competencia del MARN.
Definición de RN: elementos naturales que el hombre puede aprovechar para su satisfacer sus necesidades cono micas, sociales y culturales.
Art. 6 de la ley y el art. 6 del reglamento general también desarrolla otras funciones.
El criterio tiene que tenerlo hecho, como va a funcionar del Sistema Nacional del Gestión del Medio Ambiente.
La letra b del artículo 6, todos los organismos del sistema nacional de gestión están obligados a llevar información actualizada de lo que sea ocurriendo porque esa información, le servirá al ministerio del medio ambiente para preparar la política nacional de medio ambiente y con todo los insumos que tiene el prepara la política nacional de medio ambiente, somete a aprobación del consejo de ministros para que la apruebe y luego para poder ejecutarla, y la obligación de ejecutarla es del ministerio.
La política nacional de medio ambiente deberá de revisarse cada 5 años, y la obligación de dar un informe a la nación estera del estado actual del medio ambiente.
Letra D)
Esto lo recoge del artículo 6 del reglamento general.
RL: Art. 30 y 31.
Art. 7 y 8
No pueden decir que no tienen presupuesto para esa oficina y no la tienen por eso, porque está la obligación que tiene que estar incorporado en el presupuesto.
La regulación del reglamento general de la ley, la parte de los artículos que tienen que ver con el sistema nacional de la gestión del medio ambiente, son del RL: Art. 5 del reglamento, porque los de la ley van de la del 6 al 10.
El articulo 8-10 de la ley lo regula ene l sentido que, se titula derecho de la población a ser informada sobre la gestión ambiental.
RL: Art. 30 y 31 Ley. 11 y 12.
RL: 5 y 6 del reglamento general.
En el artículo 10 esta uno de los principios general del derecho ambiental, más bien dos, está el principio de prevención y cooperación.
El artículo 10 del reglamento titula casos de consulta esto quiere decir que cualquier obra que haga un ciudadano en la calidad que tenga tiene que ser consultado con la población.
Art. 11
RL: Art. 13 reglamento.
Relaciona la política del medio ambiente. Instrumentos de política del medio ambiente.
Ley General de aguas, que no está. Ley de Desarrollo territorial que ya es ley del país, y la ley ambiental tendríamos las herramientas para detener el deterioro ambiental del país y para mejorarlo.
Art. 16 y 18
La ley incorpora el principio de Medio Ambiente, la prevención.
Art. 19
La única autoridad que puede otorgar el permiso ambiental es el MARN. Ya ha habido ciertos desacuerdos con que eso se haga así. Unos piensan que deberían de ser las alcaldías porque ellos conocen la zona. Tiene que observar principios uniformes, pero si se pone que sean las alcaldías, imagínate qué hay muchos criterios.
Art. 20
Alcances de los permisos ambientales. Son dos permisos.
El primero es permiso ambiental de ubicación y construcción.
El segundo es el que se da por el tiempo de su validez de la vida útil de la obra, y hasta la etapa de abandono. El abandono es clave, porque mientras estamos utilizando y concesionando del Estado estamos pendientes, pero una vez termina. Nuestro interés se abandona y de deja tirado.
El permiso como institución es uno, pero ya cuando se otorga son dos.
El que le otorgue el permiso este sujeto a fiscalización, no es una autorización abierta, siempre fiscaliza.
Art. 22
Habla sobre el formulario ambiental.
El estudio no lo puede hacer el dueño del proyecto, lo tiene que hacer un equipo multidisciplinario. Los técnicos tienen que ser de los autorizados por el MARN, tienen que acreditarse ante el MARN.
Art. 23 evaluación del estudio
RL: Art. 42 si no advirtieran es, muchos técnicos decían que tenían la capacidad para hacerlo. 43, 44 y 45 del reglamento.
Art. 24
Lit. C
Los estudios deberán ser evaluados en un plazo de 60 días hábiles.
Artículo D da una posibilidad de prórroga.
Art. 50
Protección del suelo
Art. 51
Protección del suelo marítimo.
Reglamento General sobre Desechos Sólidos. Regula el manejo de los desechos sólidos de origen domiciliar.
Al igual que las leyes especiales que deben de definir los términos que ocupan para que se entiendan, este reglamento tiene un glosario de términos. Los más importantes están los que se conocen como botadero de desechos. Es el sitio botadero sin preparación previa, donde se depositan los desechos en el que no existen técnicas e manejo adecuadas y que no se ejerza un control y representa riesgos para la salud humana y el medio ambiente.
El relleno sanitario es el sitio, que es proyectado, construido y operado mediante la aplicación de técnicas de ingeniería sanitaria y ambiental en donde te depositan ¡, esparcen, acomodan y compactan con tierra los desechos sólidos najes de gases y líquidos precolados.
Relleno sanitario manual
Solo se requiere para sitio pesado para la adecuación del sitio, y la construcción de vías internas, así como para la excavación de zanjas, la distribución y acarreo. Todo ese trabajo lo hacen manualmente.
Relleno sanitario mecanizado. Es el que requiere equipo pesado que elabora permanentemente en el sitio, y de esa forma hace todas aquellas acciones actividades que se hacen en el relleno sanitario manual.
Sistemas de áreas naturales protegidas y crea un sistema como el que se menciona, crea el sistema de áreas, manejo y conservación manejo sostenible eso está regulado en el artículo reglamento general de la ley. Además, tenemos una ley, ley de áreas naturales protegidas. Crea zonas que ayudan para tratar el problema del medio ambiente. Esta ley es del 2005. Decreto legislativo 579. Es importante porque el objeto de la le es establecer regulaciones del régimen legal, administrativo y manejo integral de las áreas naturales protegidas. Es para conservar la diversidad biológica del país, y hasta cierto punto efectuar la perpetuidad de los sistemas naturales. A través de un manejo sostenible, de los ecosistemas en beneficio de la población.
Da una definición d ello que es un. Are natural protegida. Es una parte del territorio nacional, de propiedad del Estado, de los municipios, de las autónomas, o pueden ser propiedad privada. Están legalmente establecidas mediante un decreto ejecutivo porque son creadas porque son creadas mediante decreto ejecutivo en el ramo de medio ambiente y recurso naturales siendo el MARN la autoridad de darlos y supervisarlos (Art. 5). RL: Art. 10.
Artículo 38
Es inconstitucional.
En el fondo la ordenanza municipal es la herramienta más importante que tienen los municipios para ordenar el área. En el caso del medio ambiente, sancionar aquellos actos que violenten el medio ambiente.
No hay que pensar que el procedimiento administrativo que existe que lo ejecutan en base a la respectiva ley, no tienen nada que ver con la ley del medio ambiente, porque esa es exclusiva del MARN.
Procedimiento está regulado en el art. 93.
La valoración de la prueba está en el artículo 94.
Ley de Medio Ambiente
Art. 96
Tiene fuerza ejecutiva.
Los dos procedimientos administrativos, la escala iba de 2 a 100 salarios mínimos, y de 101 a 5000 salarios mínimos. Art. 98.
Les corresponde a las cámaras de segunda instancia. En este momento no se aplicó, y la cámara están en santa tecla. Antes se llamaba tribunal ambiental. En cuanto a la responsabilidad civil está el artículo 100. Todo mundo tiene responsabilidad civil. No puede haber alguien que se excuse, o que Noé se comprendido la responsabilidad.
La acción civil la pueden ejercer las personas naturales.
La prueba es importante. Esto va seguido. Se admiten los medios de prueba reconocidos en el Derecho Común, además de los medios técnicos y científicos que son específicos, peritaje, prueba de laboratorio.
Art. 102-B
La carga de la prueba corresponderá al demandado. Es controversial porque se traslada al demandado. Esta posición se sustenta en que el cambio de la obligación de probar es necesario o indispensable porque si la prueba está a cargo de del lesionado, estará siempre en desventaja del infractor o actor del daño porque generalmente, son empresarios con poder económico significativo, o grande, que le permite echar mano con todos los recursos necesarios para ganar. Responsabilidad etimológicamente significa estar obligado. El DAM se ha ido desarrollando mediante el Derecho Ambiental Internacional, deviene de las relaciones entre los Estados básicamente. Va orientados a la prohibición de no causar el daño a los estados vecinos.
Teoría de la responsabilidad
Teoría subjetiva: el fundamento de la responsabilidad ambiental debe buscarse en la culpa del autor. Tiene su origen en la Ley Aquiliana del DRO. Este modelo es adoptado por Francia, Holanda, Reino Unido. Tiene sus adeptos que adoptan. Según esta teoría entonces, está obligado a indemnizar el que aporta el daño o cualquier otro por negligencia, y no lo está a pesar de haber originado una lesión, el daño, se ha comportado diligentemente, para poder exigir al autor, lesivo o dañoso el comportamiento, es negarlo comprobar la culpa o negligencia que se ha tenido por parte del responsable del daño. Lo básico es establecer la previsibilidad que tuvo al ejecutar una acción, obra, proyecto. En consecuencia, es a la víctima, a la que le corresponde la carga de la prueba.
Teoría objetiva: es la que está en la disposición de la ley nuestra, es la teoría objetiva, que se caracteriza porque no tiene en cuenta. El elemento, que naturalmente se ha considerado, para apreciar la responsabilidad esto es l culpa, y entonces sostiene que debe responderse, por el peligro que se causa al ejecutar la acción no obra, es decir lo un se denomina una fuente de peligro representada por una empresa o industria, por el ejercicio propio de una actividad. El ejercicio inminente de la producción de los daños derivados de la empresa o explotación de algo produce un daño. Se imputa ese daño a lo obligado a resarcirlo, en virtud del principio del control del peligro que debe tender. Es un riesgo de peligro, y por esa razón, es que se adopta este principio que tenemos en la ley que es el principio de la carga de la prueba le corresponde al demandado. Los jueces pueden ordenar pueden rodar al cualquier tipo de investigación, análogo a la prueba de mejor proveer el juez la pide de oficio.
Art. 104 LM
Dice que es del Código de procedimientos Civiles, pero en realidad es el CPCM.
Reglamento Especial sobre el Control de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono
RL: Art. 255 -263 CPn.
La capa de ozono se conoce científicamente como la capa de ozono estratos Erica, es un recurso natural del planeta, cuya función, principal es la de filtrar la radiación ultravioleta. Es importante porque señala cuales son todo lo que produce el daño a la capa de ozono, Reglamento Especial de Aguas Residuales.
El código de salud tiene un procedimiento administrativo sancionador para los médicos, farmacias.
Instrumentos jurídicos
Reglamento Especial de Normas Técnicas de Calidad Ambiental
Establece métodos como para medir el ambiente, la contaminación en el ambiente.
Reglamento Especial en Materia de Sustancias, Residuos y Desechos Peligroso
La autoridad de aplicación es el MARN, con la colaboración de otras instituciones en base a otras. RL: Ley de Pesticidas y Fertilizantes. Esa ley, le establece peligro de todos losa agro químicos.
Reglamento Especial sobre el Manejo Integral de los. Desechos Sólidos y sus Anexos
Ley del Medio Ambiente.
Se aplique los tratados internacionales que El Salvador ha suscrito en materia de medio ambiente, uno de los es el NAFTA es el libre comercio entre Estados Unidos CA y RD. Ese tratado, existe un apartado que es un capítulo del medio ambiente, en donde se habla en el capítulo 17, una ese las partes importantes de ese tratado, respeta, la aplicación de las leyes locales de todos os países suscriptores del tratado. Además crea un consejo de estudios ambientales, ese consejo puede denunciar a otro, que no aplicamos bien la ley ambiental.
Invitación a los países que suscribieron el tratado a que mejoren sus Leyes Ambientales de conformidad al o que necesiten.
Convenio de Paris
Está rectificado por El Salvador, y El Salvador adquirió muchos compromisos, 30 compromisos principales, restaurar 1 mill de hectáreas a 2030, otro es cambiar la matriz energética, para llevarla a una energética renovable. Mejorar la calidad del aire. Mejorar el tipo de combustible para uno más bajo en azufre. Reducir en un porcentaje del 20 % el valor de la factura del agua potable porque se descubrió que los medidores estaban agarrando aire.
Convenio Regional para Manejo y Conservación de Ecosistemas Naturales Forestales y el Desarrollo de Plantaciones Forestales
Tiene por objeto establecer acciones para preservar el medio ambiente.
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre
El objetivo de proteger la cuán y flore silvestre.
Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo
Establece medidas legislativas, técnica para prevenir la introducción de plagas y productos vegetales.
Convenio de Basilea es un Acuerdo Multilateral sobre Medio Ambiente
Convenio de Viena
Tratado de la República de El Salvador, Guatemala y Honduras para le Ejecución del Plan Trifinio
El objeto principal es el fortalecimiento institucional del plan Trifinio, reconociendo que esa región, es un área de especial interés de los tres países porque representa una unidad ecológica invisible, en la que solo una acción conjunta, y coordinada podrá dar solución a la satisfacción de los problemas que existen. Manejo de los recursos naturales. Se reúnen los vicepresidentes.